Te han despedido.
Vamos a leer esa carta.
En una consulta de 45 a 60 minutos revisamos juntos tu carta de despido. Salgo de ahí diciéndote tres cosas: si tu despido es procedente, improcedente o nulo, qué indemnización te corresponde de verdad, y si hay margen para reclamar más de lo que te han ofrecido.
Me leo tu documentación antes de la cita, así que la hora no se va en ponerme en contexto: se va en darte respuestas.
El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos, contando solo de lunes a viernes y descontando festivos. Pasado ese plazo, el despido se consolida y ya no hay nada que hacer. Presentar la papeleta de conciliación suspende el cómputo, que se reanuda al día siguiente de intentada la conciliación o pasados quince días hábiles.
Que te llame yo
Si prefieres no llamar tú, o estás fuera de horario, déjame tus datos y te llamo yo. Te contesto personalmente en menos de 24 horas hábiles y no se paga nada por adelantado.
No todos los despidos son iguales.
La diferencia entre uno y otro son miles de euros de indemnización y semanas de plazo. Lo primero que hacemos en la consulta es identificar ante cuál estás tú.
Despido improcedente
La empresa no puede demostrar las causas que alega, o la carta tiene defectos de forma: fechas mal puestas, hechos sin concretar, firmas que faltan. Es el caso más común de todos.
Qué obtienes: indemnización de 33 días por año trabajado —45 días por el tiempo anterior al 12 de febrero de 2012—, con el tope de 720 días, que sube hasta 42 mensualidades cuando solo el tramo antiguo ya lo supera.
Cinco vías para que se declare improcedente →
Despido nulo
El despido vulnera derechos fundamentales: represalia por haber reclamado algo, discriminación por embarazo, por enfermedad, por haber denunciado acoso. Es el escenario más favorable para el trabajador.
Qué obtienes: readmisión obligatoria en tu puesto, salarios de tramitación y, en muchos casos, indemnización adicional por daños morales.
Qué se cobra en un despido nulo →
Cómo se prueban los indicios →
Despido procedente
La empresa demuestra una causa real, objetiva o disciplinaria, y la ha tramitado bien. Aun así conviene revisarlo: a veces lo que parece procedente deja de serlo al mirar los detalles.
Qué obtienes: en el disciplinario, nada. En el objetivo (art. 52 ET), 20 días por año con tope de 12 mensualidades, más prestación por desempleo.
Cómo se tumba un despido disciplinario →
Requisitos del despido objetivo →
Qué miro en tu carta de despido.
Repito la misma lista de verificación en cada caso. Muchas cartas tienen defectos de forma que su autor no detecta y que convierten el despido en improcedente por sí solos. Solo hay que saber dónde mirar.
La causa alegada
¿Disciplinaria, objetiva, colectiva? La causa lo determina todo: plazos, indemnización y qué tiene que probar la empresa. Un error aquí puede tumbar el despido por sí solo.
Los hechos concretos
¿La carta detalla fechas, incidencias y testigos, o se queda en fórmulas genéricas como «bajo rendimiento» o «actitud inadecuada»? La falta de concreción es motivo de improcedencia.
El cálculo de la indemnización
Reviso si el cálculo que te ofrecen está bien hecho. El error típico es dejar fuera variables, pluses o parte de la antigüedad. La diferencia suele estar entre el 15 % y el 40 % de lo que te corresponde.
La fecha de efectos y el preaviso
Si la empresa no respetó el preaviso legal —quince días en el despido objetivo— te debe los salarios de esos días. Detalles pequeños, importes reales.
Indicios de represalia
¿Reclamaste algo antes del despido? ¿Estás de baja? ¿Habías pedido una adaptación de jornada? Son indicios de nulidad, no solo de improcedencia, y cambian el caso por completo.
Tus opciones reales
Qué puedes conseguir en la conciliación previa ante el SMAC, hasta dónde es probable que la empresa suba su oferta, y si tiene más sentido cerrar un acuerdo o ir a juicio.
Qué va a pasar desde hoy hasta el juicio.
Consulta
De 45 a 60 minutos, por videollamada o en el despacho. Revisamos la carta, calculo la indemnización y valoramos el caso.
Encargo
Si decidimos seguir, firmamos hoja de encargo con presupuesto cerrado por escrito. Hay dos modalidades: honorarios iniciales reducidos más un porcentaje sobre lo que recuperemos, o íntegramente a resultado.
Papeleta ante el SMAC
Presentamos la conciliación previa. El plazo máximo son 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido.
Conciliación
Negociamos con la empresa. Muchos asuntos se cierran aquí con un acuerdo mejor que la oferta inicial.
Juicio
Si no hay acuerdo, demanda ante el juzgado de lo social y vista.
Dudas frecuentes sobre despidos.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Veinte días hábiles desde la fecha de efectos del despido, que no es la fecha en que recibes la carta sino aquella en la que dejas de prestar servicios. Se cuentan solo de lunes a viernes y se descuentan los festivos. Si dejas pasar el plazo, el despido queda consolidado y ya no se puede impugnar.
¿Por qué se paga la consulta?
Porque eso me permite dedicarle el tiempo que hace falta. Antes de la cita me leo tu carta, tu contrato y tus nóminas, reviso el convenio que se te aplica y calculo la indemnización real. Ese trabajo lo hago yo, no un becario, y no cabe en una consulta gratuita de quince minutos.
Cuando sales de la consulta te llevas un criterio claro sobre tu caso, tanto si después me encargas el asunto como si no.
Hay además una cuestión de incentivos. Una consulta gratuita solo se rentabiliza de una forma: que de ella salga un encargo, lo cual hace que al abogado le convenga que tu caso tenga recorrido. Cobrando la consulta ese conflicto desaparece y puedo decirte sin coste alguno que no merece la pena pelear tu despido, si es que no lo merece.
He firmado «no conforme». ¿Eso me perjudica?
No. Firmar «no conforme» o no firmar nada son las dos opciones correctas. Lo que no conviene firmar sin asesoramiento es el finiquito, porque suele incluir una cláusula de saldo y finiquito que puede complicar después la reclamación.
¿Voy a tener que ir a juicio?
No necesariamente. Muchos asuntos se cierran en la conciliación previa ante el SMAC, antes del juicio, con un acuerdo mejor que la oferta inicial de la empresa. Pero para llegar a esa mesa en buena posición hay que haber presentado bien la papeleta y haber preparado la prueba.
¿Cuánto cuesta que lleves el caso?
Depende del asunto, y por eso lo concretamos en la consulta con un presupuesto cerrado y por escrito antes de empezar. Trabajo con dos modalidades: una con honorarios iniciales reducidos más un porcentaje sobre lo que recuperemos, y otra íntegramente a resultado, sin pago inicial y con un porcentaje algo mayor si ganamos.
¿Qué documentos llevo a la consulta?
Tres cosas: la carta de despido, tu contrato de trabajo y las tres últimas nóminas. Con eso tengo suficiente para valorar el caso. Si hay más contexto —correos, mensajes, partes médicos, denuncias previas— tenlo a mano.
No he perdido un cliente por decirle la verdad.
Reseñas publicadas en Google por clientes de asuntos laborales.
«Lo mejor de todo es que no dio el paso decisivo hasta que no vio que todo lo que teníamos era más que suficiente para ganar el caso. Sin duda, el mejor abogado laboralista.»
«Excelente atención. Me ayudó con un problema que tuve con mi trabajo y lo resolvió rápido y eficaz.»
«Está siempre atento y disponible y se involucró mucho. Es muy resolutivo y trató mi caso con mucha destreza y buenas ideas.»
Media de 4,9 sobre 37 reseñas públicas en el perfil de Google del despacho. Aquí se reproducen algunas, resumidas y sin el nombre de quien las escribió. No verifico su autoría más allá de lo que verifica Google, ni las retribuyo ni condiciono su publicación. Leerlas todas y sin filtro en Google. Última revisión: 30 de agosto de 2026.
¿Acabas de recibir la carta?
El plazo son veinte días hábiles y no espera al fin de semana. Pide la consulta y lo vemos: si hay caso, lo llevamos; si no lo hay, te lo digo claro y no pierdes más tiempo.
Consulta 60 € + IVA (72,60 € en total), que se pagan al terminarla. L-J 9:30-14:00 y 16:00-19:00 · V 9:30-14:00. Si no cojo el teléfono estoy en juicio o reunido: mándame un correo con tu número y te llamo yo el mismo día.
Guías sobre despido.
Despido por bajo rendimiento
Qué tiene que probar tu empresa para que el despido sea procedente, y las tres vías habituales para desmontarlo.
DespidosEl despido nulo por vulneración de la garantía de indemnidad
Cuando te despiden después de reclamar algo a la empresa. Qué es la garantía de indemnidad y cómo se prueba.
DespidosEl finiquito: qué es y cómo calcularlo
Qué conceptos debe incluir, cómo comprobar si está bien calculado y por qué no conviene firmarlo sin leerlo.