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Civil y bancario14 de enero de 20212 min de lecturaÁlvaro Balsa · ICAM 127.094

«La Audiencia Provincial de Madrid unifica criterios respecto a las tarjetas revolving»

El pasado 25 de noviembre fue publicado en la página web del Consejo General del Poder Judicial los Acuerdos de Unificación de Criterios de la Audiencia Provincial de Madrid del año 2020.

En relación con el tipo de interés medio que debe usarse como comparador para determinar la usura en las tarjetas revolving, la Audiencia Provincial de Madrid en línea con lo ya determinado por el Tribunal Supremo en su sentencia de 4 de marzo de 2020, ha fijado los siguientes criterios:

La Audiencia Provincial aprovecha para recordar que el ordenamiento jurídico no puede proteger la concesión irresponsable de créditos al consumo, a tipos de interés muy superiores a los normales, por ser una práctica que facilita el sobreendeudamiento, indicando además, que el modelo de consumidor que contrata tarjetas revolving es un cliente cautivo, sin acceso a otro tipo de préstamos y que dicha circunstancia no puede justificar en ningún caso la imposición de intereses tremendamente elevados.

Los tipos medios aplicados a los préstamos al consumo y a las Tarjetas de Crédito y Préstamos Revolving pueden ser consultados en la página web del Banco de España a través del siguiente enlace

El texto publicado por la Audiencia Provincial de Madrid puede ser consultado en el siguiente enlace

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